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Que la elección de compartir todo, no sea un problema

¿Cuál es el régimen ideal?

Este es un tema delicado que sólo tú y tu novio tienen que decidir, ya que deben tomar en cuenta la protección económica de ambos y de la familia que procreen. No es que deban pensar en un posible divorcio, sólo deben considerar cualquier posibilidad y elegir lo mejor opción. Para contraer matrimonio hay dos regímenes: por bienes mancomunados o separados.

Las parejas actuales trabajan y han aprendido a administrar la economía de una manera más funcional y práctica. Para ello es necesaria la comunicación y tomar en cuenta que el matrimonio no sólo es una unión, es como una sociedad en donde tienen que participar ambos, opinar y dar lo mejor de sí para obtener óptimos resultados.

La sociedad conyugal o bienes mancomunados, es el acuerdo en el cual los cónyuges establecen que ambos son dueños de los bienes de uno y del otro. Al firmar el contrato matrimonial todo lo que poseen se compartirá y como socios dividen lo que adquieran en un futuro por partes iguales. En este régimen se comparten también obligaciones y deudas.

No se trata sólo de compartir

Recuerda que cuando se casan por bienes mancomunados no quedan exentos de que ambos pierdan todo. Ya que si uno de los dos tiene problemas económicos o deudas, embargarán los bienes de ambos y no sólo los del endeudado. (Ver bienes separado).

 

Otras posibilidades

-Pueden firmar un contrato mixto donde acepten compartir algunos bienes y separar otros.

-Si quieren compartir aquello que adquirieron antes de casarse, deben establecer, de forma legal, que aportan sus bienes a la sociedad que acaban de formar. Un notario es el que tiene que hacer los trámites necesarios para pasar la propiedad a la sociedad conyugal. Si no anticipan esta decisión, lo más seguro es que deban firmar un formato en el que se establece que lo que tenían desde antes de casarse seguirá siendo de cada uno por separado.

-Pueden poner sus bienes a nombre de otra persona a la que quieran proteger.

Si están indecisos...

Si aún no se han decidido por uno o por otro, se pueden casar por cualquiera de los dos regimenes y más adelante podrán hacer los cambios necesarios. Ahora, este trámite se hace de manera sencilla ante un juez de lo familiar.

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